INCENTIVOS TRIBUTARIOS
Impuesto de Industria y Comercio
100% de descuento en impuesto de industria y comercio, por 10 años a partir del establecimiento de la industria.
Para Empresas que prestan servicio de cómputo especializado y/o servicios de informática, que estuvieron establecidas y que cuentan con certificado en desarrollo de software CMMI y que mantengan desde la iniciación de la fase productiva mínimo 5 empleos directos o cuenten como mínimo con 5 empleos directos actuales.
Impuesto de Industria y Comercio
100% de descuento en impuesto de industria y comercio por 10 años a las empresas de Call Center que estuvieren establecidas o se establezcan en el municipio y que mantengan desde la iniciación de la fase productiva mínimo 75 empleos directos o cuenten como mínimo con 75 empleos directos actuales.
Incentivos Tributarios Nacionales
Los servicios hoteleros prestados en nuevos hoteles construidos en su totalidad en municipios de hasta doscientos mil habitantes antes del 31 de diciembre del año 2026 o remodelados o ampliados antes de tal fecha tendrán una tarifa preferencial de impuesto sobre la renta del 9% renta por 20 años. (Procolombia, 2017).
Impuestos de Industria y Comercio
Descuento en el impuesto de industria y comercio a los hoteles que se establezcan en el municipio, siempre y cuando generen mínimo cinco empleos y los mantengan desde el inicio de actividades por diez años, tendrán derecho a un descuento tributario equivalente al (20%) del valor del impuesto a cargo por cada periodo, por cada empleo adicional al momento de iniciar la fase productiva, tendrán derecho a un (4%) adicional al descuento, sin exceder el (100%) del valor del impuesto de Industria y Comercio a cargo.
Impuesto Predial
Los inmuebles en las que funcionen hoteles de más de 20 habitaciones independientes, debidamente registrados en el Registro Nacional de Turismo, establecidos en el Municipio de Manizales en vigencia del presente acuerdo, siempre que el propietario del hotel sea el propietario del inmueble y que en el momenta de la solicitud del beneficio acredite la generación de mínimo cinco (5) nuevos empleos, tendrán derecho a una exoneración equivalente del veinte (20%) del valor del Impuesto Predial Unificado por cada período. Por la acreditación de generación de cada empleo adicional al al momento de la solicitud, habrá derecho a un cuatro (4%) más de descuento, sin que exceda del cien por ciento (100%) del valor del Impuesto Predial Unificado.
Los hoteles existentes debidamente registrados en el Registro Nacional de Turismo que en vigencia del presente acuerdo amplíen como mínimo el veinte por ciento (20%) del área total del número de habitaciones construidas y acredite la generación de mínimo un (1) nuevo empleo, tendrán derecho a un descuento del descuento predial unificado del cien por ciento (100%) en el primer año, setenta y cinco por ciento (75%) en el segundo, cincuenta por ciento (50%) en el tercer año y veinticinco por ciento (25%) en el cuarto año, y en el último año el veinte por ciento (20%), siempre y cuando el propietario del hotel sea el propietario del inmueble.
Impuestos de Industria y Comercio
A partir del 20% hasta el 100% de descuento en el impuesto de Industria y Comercio por 10 años a las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas dedicadas a la actividad industrial que se establezcan en el municipio y que mantengan, desde la iniciación de la fase de productiva y por diez años, mínimo (5) empleos directos, tendrán derecho a un descuento tributario equivalente al (20%) del valor del impuesto a cargo por cada período. Por cada empleo adicional al momento de iniciar la fase productiva, tendrá derecho a un (4%) adicional de descuento, sin exceder del (100%) del valor del Impuesto de Industria y Comercio a cargo.Impuesto Predial
A partir del 20% hasta el 100% de descuento en el impuesto Predial por 5 años a los inmuebles de propiedad de las empresas dedicadas a la actividad industrial establecidas en el municipio de Manizales en vigencia del presente acuerdo, que acrediten al momento de la solicitud del beneficio, la generación de mínimo cinco (5) nuevos empleos, tendrán derecho a un descuento tributario equivalente al 20% del valor del impuesto a cargo por cada periodo. Por la acreditación de la generación de cada empleo adicional al momento de la solicitud, habrá derecho a un cuatro por ciento (4%) más de descuento, sin que exceda del cien por ciento (100%) del valor del impuesto a cargo.Impuesto de Industria y Comercio
100% de descuento en impuesto de industria y comercio, por 10 años a partir del establecimiento de la industria.
Para Empresas que prestan servicio de cómputo especializado y/o servicios de informática, que estuvieron establecidas y que cuentan con certificado en desarrollo de software CMMI y que mantengan desde la iniciación de la fase productiva mínimo 5 empleos directos o cuenten como mínimo con 5 empleos directos actuales.
Impuesto de Industria y Comercio
100% de descuento en impuesto de industria y comercio por 10 años a las empresas de Call Center que estuvieren establecidas o se establezcan en el municipio y que mantengan desde la iniciación de la fase productiva mínimo 75 empleos directos o cuenten como mínimo con 75 empleos directos actuales.
Incentivos Tributarios Nacionales
Los servicios hoteleros prestados en nuevos hoteles construidos en su totalidad en municipios de hasta doscientos mil habitantes antes del 31 de diciembre del año 2026 o remodelados o ampliados antes de tal fecha tendrán una tarifa preferencial de impuesto sobre la renta del 9% renta por 20 años. (Procolombia, 2017).
Impuestos de Industria y Comercio
Descuento en el impuesto de industria y comercio a los hoteles que se establezcan en el municipio, siempre y cuando generen mínimo cinco empleos y los mantengan desde el inicio de actividades por diez años, tendrán derecho a un descuento tributario equivalente al (20%) del valor del impuesto a cargo por cada periodo, por cada empleo adicional al momento de iniciar la fase productiva, tendrán derecho a un (4%) adicional al descuento, sin exceder el (100%) del valor del impuesto de Industria y Comercio a cargo.
Impuesto Predial
Los inmuebles en las que funcionen hoteles de más de 20 habitaciones independientes, debidamente registrados en el Registro Nacional de Turismo, establecidos en el Municipio de Manizales en vigencia del presente acuerdo, siempre que el propietario del hotel sea el propietario del inmueble y que en el momenta de la solicitud del beneficio acredite la generación de mínimo cinco (5) nuevos empleos, tendrán derecho a una exoneración equivalente del veinte (20%) del valor del Impuesto Predial Unificado por cada período. Por la acreditación de generación de cada empleo adicional al al momento de la solicitud, habrá derecho a un cuatro (4%) más de descuento, sin que exceda del cien por ciento (100%) del valor del Impuesto Predial Unificado.
Los hoteles existentes debidamente registrados en el Registro Nacional de Turismo que en vigencia del presente acuerdo amplíen como mínimo el veinte por ciento (20%) del área total del número de habitaciones construidas y acredite la generación de mínimo un (1) nuevo empleo, tendrán derecho a un descuento del descuento predial unificado del cien por ciento (100%) en el primer año, setenta y cinco por ciento (75%) en el segundo, cincuenta por ciento (50%) en el tercer año y veinticinco por ciento (25%) en el cuarto año, y en el último año el veinte por ciento (20%), siempre y cuando el propietario del hotel sea el propietario del inmueble.
Impuestos de Industria y Comercio
A partir del 20% hasta el 100% de descuento en el impuesto de Industria y Comercio por 10 años a las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas dedicadas a la actividad industrial que se establezcan en el municipio y que mantengan, desde la iniciación de la fase de productiva y por diez años, mínimo (5) empleos directos, tendrán derecho a un descuento tributario equivalente al (20%) del valor del impuesto a cargo por cada período. Por cada empleo adicional al momento de iniciar la fase productiva, tendrá derecho a un (4%) adicional de descuento, sin exceder del (100%) del valor del Impuesto de Industria y Comercio a cargo.
Impuesto Predial
A partir del 20% hasta el 100% de descuento en el impuesto Predial por 5 años a los inmuebles de propiedad de las empresas dedicadas a la actividad industrial establecidas en el municipio de Manizales en vigencia del presente acuerdo, que acrediten al momento de la solicitud del beneficio, la generación de mínimo cinco (5) nuevos empleos, tendrán derecho a un descuento tributario equivalente al 20% del valor del impuesto a cargo por cada periodo. Por la acreditación de la generación de cada empleo adicional al momento de la solicitud, habrá derecho a un cuatro por ciento (4%) más de descuento, sin que exceda del cien por ciento (100%) del valor del impuesto a cargo.
Impuesto de Industria y Comercio
50% de descuento en impuesto de industria y comercio por 5 años a las empresas de “Call Center” que se establezcan en el municipio de Villamaría y que desde la iniciación de la fase productiva generen mínimo cincuenta (50) empleos directos. 50% de descuento en el impuesto de industria y comercio a los hoteles que se establezcan en el municipio de Villamaría, siempre y cuando generen cinco (5) empleos y mantengan su número por diez (10) años. Caso 1: 50% de descuento los primeros 5 años: Mantener en cada vigencia más de veinticinco (25) empleos directos, con personas residentes en Villamaría (Acuerdo 023 de 2012). Caso 2: 25% de descuento los primeros 5 años: Mantener en cada vigencia más de diez (10) empleos directos, con personas residentes en Villamaría Caso 3: 50% de descuento los primeros 5 años: Las empresas establecidas en la región que instalen nuevas plantas industriales en el municipio de Villamaría, que impliquen producción de bienes o productos.Impuesto Predial
Caso 1: 50% de descuento los primeros 5 años: Mantener en cada vigencia más de veinticinco (25) empleos directos, con personas residentes en Villamaría. Caso 2: 25% de descuento los primeros 5 años: Vigencia más de diez (10) empleos directos, con personas residentes en Villamaría. Caso 3: 50% de descuento los primeros 2 años: Quien construya en un predio no edificado, un área mínima de 300 metros cuadrados y dicha área construida se destine en su totalidad al ejercicio de una actividad industrial o comercial, en las zonas que para tal efecto determina el Plan Básico de Ordenamiento Territorial (PBOT), previa certificación expedida por la Secretaría de Planeación Municipal.Impuestos de Industria y Comercio
100% de descuento en el impuesto de industria y comercio por 10 años a las nuevas empresas que generen más de 15 empleos directos.Impuesto Predial
100% de descuento en el impuesto predial por 10 años a las nuevas empresas que generen más de 15 empleos directos.Impuestos de Industria y Comercio
Exonerar, a manera de incentivo, del impuesto de Industria y Comercio y Avisos y Tableros a los establecimientos de comercio que se dediquen, en la jurisdicción del Municipio de la Dorada, la prestación de servicios: hoteleros siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en el acuerdo 053 de 2014.
Impuestos de Industria y Comercio
Caso 1:
Año 1: 100% de descuento
Año 2: 55% de descuento
Año 3: 35% de descuento
Año 4: 15% de descuento
Año 5: 10% de descuento
Concédase a favor de las personas naturales, jurídicas o sociedades de hecho que desarrollen actividades industriales que se establezcan en el Municipio, exoneración del pago del impuesto de industria y comercio, contado a partir del inicio de sus actividades y que contribuyan con un rango de empleos entre 1 a 10 personas.
Caso 2:
Año 1: 100% de descuento
Año 2: 60% de descuento
Año 3: 40% de descuento
Año 4: 30% de descuento
Año 5: 10% de descuento
Concédase a favor de las personas naturales, jurídicas o sociedades de hecho que desarrollen actividades industriales que se establezcan en el Municipio, exoneración del pago del impuesto de industria y comercio, contado a partir del inicio de sus actividades y que contribuyan con un rango de empleos entre 11 a 50 personas.
Caso 3:
Año 1: 100% de descuento
Año 2: 65% de descuento
Año 3: 45% de descuento
Año 4: 25% de descuento
Año 5: 10% de descuento
Concédase a favor de las personas naturales, jurídicas o sociedades de hecho que desarrollen actividades industriales que se establezcan en el Municipio, exoneración del pago del impuesto de industria y comercio, contado a partir del inicio de sus actividades y que contribuyan con un rango de empleos entre 51 a 200 personas.
Caso 4:
Año 1: 100% de descuento
Año 2: 70% de descuento
Año 3: 50% de descuento
Año 4: 30% de descuento
Año 5: 10% de descuento
Concédase a favor de las personas naturales, jurídicas o sociedades de hecho que desarrollen actividades industriales que se establezcan en el Municipio, exoneración del pago del impuesto de industria y comercio, contado a partir del inicio de sus actividades y que contribuyan con un rango de empleos más de 200 personas.
Caso 5:
100% de descuento los primeros 5 años: Exonerar, a manera de incentivo, del impuesto de Industria y Comercio y Avisos y Tableros a los establecimientos de comercio que se dediquen, en la jurisdicción del Municipio de la Dorada, la prestación de servicios: hoteleros; la actividad industrial de manipulación, transformación y/o producción de bienes de origen agropecuario o forestal; al transporte fluvial, por el río Magdalena, de cargas y/o pasajeros; a la construcción y/o operación de puertos sobre el río de La Magdalena, igualmente autorizados por el gobierno nacional, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en el presente Acuerdo (053 de 2014).